31 de octubre de 2024
Lo que debes saber de la Ley No. 446, que concede una moratoria tributaria para el pago de tributos nacionales.
1. Concede un período de moratoria hasta el 31 de diciembre de 2024 para el pago que recae sobre los intereses y recargos causados en los siguientes impuestos: aviso de operaciones, impuesto sobre la renta, impuesto de inmueble, ITBMS, impuesto selectivo al consumo y tasa única.
2. Aplica para las personas naturales y jurídicas que se encuentren en fase de cobranza administrativa o coactiva a la fecha de entrada en vigor de la Ley, y que lleven a cabo el pago total de los saldos nominarles adeudados, quedando exonerados del total de los intereses y recargos.
3. Las personas jurídicas que mantengan la condición de agentes de retención y presenten morosidad a junio de 2024 por impuestos retenidos de cuotas (impuesto sobre la renta y seguro educativo) podrán cancelar hasta el 31 de diciembre sin intereses y recargos.
Para acceder a la ley solo de click aquí.
https://www.gacetaoficial.gob.pa/pdfTemp/30149_C/108392.pdf